IT Innovación Tecnológica

Recupere hasta el 12 % de sus gastos de innovación en España

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¿Qué es la deducción por innovación tecnológica (IT) ?

La Innovación Tecnológica (IT) es un incentivo fiscal previsto por la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), que permite a las empresas españolas recuperar el 12 % de los gastos realizados en proyectos de mejora tecnológica, incluso sin componente de investigación fundamental.

A diferencia de la I+D, la IT no requiere demostrar incertidumbre científica. Basta con probar que el proyecto aporta una mejora técnica significativa a un producto, proceso o servicio existente, y que los trabajos se han realizado con un enfoque estructurado.

Aparentemente sencilla, la IT sigue siendo una medida estrictamente supervisada por la Agencia Tributaria española (AEAT). La calidad del expediente técnico y la trazabilidad de los gastos son determinantes para validar la deducción.

¿IT, I+D: en qué se diferencian?

La IT es una deducción fiscal para proyectos de mejora tecnológica, sin necesidad de investigación científica, mientras que la I+D está dedicada a actividades de investigación y desarrollo. Ambos incentivos son compatibles, bajo ciertas condiciones.

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¿Es usted elegible para la deducción IT ?

Para beneficiarse de la deducción IT, debe incurrir en gastos en proyectos que mejoren el rendimiento técnico de un producto, proceso o servicio.

Su proyecto debe incluir:

  • Una mejora técnica medible (rendimiento, funcionalidad, integración tecnológica)
  • Un enfoque estructurado de desarrollo
  • Gastos internos o subcontratados claramente identificables

 

¿Cree que su proyecto encaja?

¿Cuánto puede recuperar con la deducción IT ?

La IT permite recuperar el 12 % de los gastos elegibles en proyectos de innovación tecnológica. El importe anual está limitado a 1 millón de euros solo por IT, y hasta 3 millones por el conjunto I+D e IT.

Se consideran:

  • Salarios y cargas sociales del personal técnico implicado
  • Amortización del material utilizado en el desarrollo
  • Subcontrataciones con entidades cualificadas

Depuis 2023, le forfait de frais de fonctionnement (75 % des salaires) n’est plus éligible au CII

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¿Quién puede beneficiarse de la deducción IT?

La deducción por Innovación Tecnológica (IT) está disponible para todas las empresas, sin importar su tamaño, aunque las pymes disfrutan de una aplicación más flexible. En España, se considera pyme según los criterios europeos: menos de 250 empleados, facturación < 50 M€, o balance general < 43 M€.

Todos los sectores son elegibles, siempre que el proyecto corresponda a una actividad de innovación tecnológica. El estatus jurídico no afecta, siempre que la empresa esté sujeta al Impuesto sobre Sociedades.

La deducción cubre gastos relacionados con la mejora tecnológica de productos o procesos existentes. Estos gastos deben estar directamente vinculados a operaciones de innovación tecnológica.

Son elegibles:

  • Salarios y cargas sociales del personal técnico involucrado
  • Amortización de los equipos utilizados
    Subcontrataciones con entidades cualificadas
  • Importante: solo se pueden usar para IT los gastos justificables y distintos de los de I+D
Importante: solo se pueden usar para IT los gastos justificables y distintos de los de I+D.

La deducción IT se calcula aplicando un tipo del 12 % a los gastos elegibles durante el ejercicio fiscal. No existe un techo anual fijo, pero los importes deben estar justificados técnica y fiscalmente.

El cálculo incluye:

  • Salarios y cargas sociales del personal técnico
  • Amortización del material
  • Gastos de subcontratación cualificada

 

Ejemplo: para 220.000 € de gastos elegibles, la empresa obtiene 26.400 € de deducción (12 % de 220.000 €).

El proceso se basa en tres etapas clave:

  1. Identificar proyectos y gastos elegibles
    La mejora técnica debe demostrarse (p. ej.: aumento de rendimiento, integración tecnológica).
  2. Constituir un expediente técnico completo
    Debe justificar la naturaleza de las mejoras, los recursos utilizados y los resultados.
  3. Obtener un informe motivado e integrar la deducción en la declaración fiscal
    Este documento oficial garantiza la elegibilidad del proyecto ante la AEAT.

Para evitar rechazos o correcciones, siga estas buenas prácticas:

  • No confundir IT con I+D: identificar proyectos distintos
  • Justificar rigurosamente el valor añadido tecnológico
  • Conservar todas las pruebas (nóminas, contratos, presupuestos…)
  • Redactar un expediente técnico claro y completo
  • Verificar que su empresa cumple los criterios de pyme si desea beneficiarse de las flexibilidades asociadas

Sí, siempre que un mismo gasto no se financie dos veces. La deducción IT es compatible con:

  • La deducción I+D
  • Las ayudas del CDTI o regionales
  • Los créditos fiscales europeos o locales
Atención: no se permite la doble financiación para un mismo concepto (p. ej.: salarios o subcontratación).

Sí. Si el importe de la deducción supera el impuesto adeudado, la empresa puede solicitar un reembolso en metálico, según el artículo 39.2 de la LIS.

El reembolso puede tardar, dependiendo de la calidad del expediente y de la carga de trabajo de la AEAT. No se garantiza un plazo fijo.

Bon à savoir : les Jeunes Entreprises Innovantes (JEI) peuvent bénéficier d’un remboursement immédiat, sans attendre la liquidation de l’impôt.

Sí. El crédito fiscal IT puede utilizarse hasta 18 años después de su creación, conforme al artículo 39.1 de la LIS. Sin embargo, la AEAT puede revisar una declaración hasta 4 años después.
Se debe aportar:

  • Documentación técnica (expediente, resultados)
  • Justificantes contables (nóminas, facturas…)
  • Una declaración fiscal correcta
  • Un despacho especializado como BirdINNOV puede defender su expediente
  • Puede solicitar un informe motivado en España
  • También puede contactar a su Agencia Tributaria (AEAT) para consultas fiscales simples

No, a diferencia de Francia, la deducción IT no contempla una bonificación geográfica estandarizada. No obstante, algunas ayudas regionales o sectoriales (p. ej.: automoción) pueden combinarse con la IT.

Sí. Cada año pueden producirse ajustes en los tipos, criterios o procedimientos. BirdINNOV garantiza que su expediente cumple con las últimas novedades legales.

Sí, siempre que trabaje en proyectos de mejora tecnológica (y no de investigación fundamental). Debe demostrar que sus trabajos apuntan a mejorar un producto o proceso, y que están debidamente documentados.

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